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Calendario PILA: ¿cuándo te toca pagar?

Escribe tu cédula o NIT y ve tu fecha límite de pago en cada mes de 2026. No guardamos tu número.

Solo se usan los dos últimos dígitos. No guardamos ni enviamos tu número.

Los festivos de 2027 se cargan en diciembre de 2026.

Las fechas son del mes en que pagas. Los independientes pagan mes vencido: el periodo del mes anterior (Decreto 1273 de 2018). Si eres contratista de una persona jurídica, ella retiene y gira tus aportes con el plazo de su NIT. Confirma siempre con tu operador de PILA.

Tu próxima fecha límite — Escribe tu documento para ver tus fechas.

Según el artículo 3.2.2.1 del Decreto 780 de 2016 (Decreto 1990 de 2016): los dos últimos dígitos definen el día hábil de pago, entre el 2.º y el 16.º del mes. Pagar después genera intereses de mora.

Cómo se calcula

Los dos últimos dígitos

El artículo 3.2.2.1 del Decreto 780 de 2016, sustituido por el Decreto 1990 de 2016, reparte el pago entre el 2.º y el 16.º día hábil del mes según los dos últimos dígitos del documento o NIT: del 00 al 07 el segundo día hábil, del 08 al 14 el tercero, y así hasta el 94 al 99, el día hábil 16.

Días hábiles

Se cuentan de lunes a viernes, sin festivos. Por eso la fecha cambia cada mes: la calculadora usa los festivos de Colombia en 2026.

Si pagas tarde

Pagar después de la fecha límite genera intereses de mora. Si prefieres no preocuparte por las fechas, podemos pagar tu PILA cada mes por ti.

Ya sabes cuánto. ¿Te lo gestionamos?

El cálculo resuelve el cuánto. Queda el resto: qué EPS te conviene, qué pasa si te atrasas y cuánto cuesta que nos encarguemos del trámite y de tu planilla cada mes.

Déjanos tus datos con el cálculo que acabas de hacer y te enviamos la cotización.

Te contactamos en menos de 24 horas hábiles. Tus datos se comparten únicamente con la entidad donde se radica tu trámite.

Dudas frecuentes

¿Qué documento uso si soy independiente?

Los dos últimos dígitos de tu cédula. Las empresas usan los de su NIT, sin el dígito de verificación.

¿Qué periodo estoy pagando?

Los independientes pagan mes vencido: cada mes pagas los aportes del mes anterior, con los ingresos de ese periodo (Decreto 1273 de 2018). Si eres contratista de una persona jurídica, ella retiene y gira tus aportes con el plazo de su NIT.

¿Y las fechas de 2027?

Dependen de los festivos del año. Las publicamos en diciembre de 2026.

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