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Clases de riesgo ARL: cuál te corresponde

De todos los aportes a seguridad social, la ARL es el único cuyo porcentaje cambia según lo que haces. Y va del 0,522% al 6,96%: más de trece veces de diferencia entre el extremo bajo y el alto.

Las cinco clases

El Decreto 1772 de 1994 clasifica las actividades económicas en cinco niveles según el riesgo de accidente o enfermedad laboral:

ClaseRiesgoTarifaEjemplos
IMínimo0,522%Oficina, actividades administrativas, consultoría
IIBajo1,044%Comercio, algunas labores manuales ligeras
IIIMedio2,436%Manufactura, transporte liviano
IVAlto4,350%Construcción, transporte pesado
VMáximo6,960%Trabajo en alturas, minería, manejo de explosivos

Sobre un IBC de 1.200.000 pesos, la diferencia entre clase I y clase V es de unos 6.300 pesos frente a 83.500 al mes. No es menor.

No se elige: se determina

Este es el punto que más confusión genera. La clase de riesgo no la escoge el trabajador. Está determinada por la actividad económica que efectivamente realiza, según la tabla oficial de clasificación.

Declarar una clase menor a la que corresponde para pagar menos es un error con consecuencias serias: si ocurre un accidente y la ARL determina que la actividad real correspondía a una clase superior, puede negar la cobertura.

Cómo saber cuál te corresponde

Pregúntate qué haces en la práctica, no qué dice tu contrato:

  • ¿Trabajas sentado frente a un computador la mayor parte del tiempo? Probablemente clase I.
  • ¿Te desplazas constantemente, manejas mercancía, atiendes público en un local? Suele ser clase II.
  • ¿Operas maquinaria, trabajas en producción, conduces vehículos de carga? Clase III o IV.
  • ¿Trabajas por encima de metro cincuenta de altura, en espacios confinados, con electricidad de alta tensión o en minería? Clase V.

Si tu actividad combina varias, aplica la de mayor riesgo. Un contratista que diseña planos en oficina pero visita obra no cotiza como oficina.

El caso de los contratistas

Si prestas servicios mediante contrato, la afiliación a ARL es obligatoria, y la clase la determina la actividad del contrato.

Aquí hay una diferencia importante según el riesgo:

  • Clases I, II y III: el aporte lo asume el contratista, es decir, tú.
  • Clases IV y V: el aporte corre por cuenta de quien te contrata.

Muchos contratistas de alto riesgo no saben esto y terminan pagando algo que le correspondía a la empresa contratante.

Por qué importa más de lo que parece

La ARL es el aporte más barato de los tres y el que menos atención recibe. Pero es el único que cubre:

  • Atención médica por accidente de trabajo, sin copagos
  • Incapacidad temporal pagada al 100% del IBC
  • Indemnización por incapacidad permanente
  • Pensión de invalidez de origen laboral
  • Pensión de sobrevivientes para la familia

Cuando la ARL está inactiva por mora, todo eso desaparece. Y a diferencia de la salud, donde siempre queda la atención de urgencias, aquí no hay red de seguridad.


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