Cómo afiliar a mi familia a la EPS (beneficiarios)
Una de las mejores cosas de estar afiliado a salud es que puedes llevar a tu familia contigo sin pagar más. Como cotizante, tu aporte del 12,5% cubre también a tus beneficiarios: no hay un cobro adicional por cada uno.
Quiénes pueden ser tus beneficiarios
La ley permite afiliar como beneficiarios a:
- Tu cónyuge o compañero(a) permanente (incluye unión libre demostrable).
- Tus hijos menores de 18 años.
- Tus hijos entre 18 y 25 años que dependan de ti y estén estudiando.
- Tus hijos con discapacidad, sin límite de edad, si dependen de ti.
- A falta de cónyuge e hijos, tus padres si dependen económicamente de ti.
No cuesta más, pero sí hay que hacerlo bien
Afiliar beneficiarios no aumenta tu cotización, pero no es automático: debes reportarlos ante tu EPS con los documentos que prueben el parentesco y la dependencia. Si no los afilias, quedan sin cobertura aunque tú estés al día.
Documentos que suelen pedir
| Beneficiario | Documento típico |
|---|---|
| Cónyuge | Registro civil de matrimonio o declaración de unión libre |
| Compañero(a) permanente | Declaración extrajuicio de convivencia |
| Hijos | Registro civil de nacimiento |
| Hijos de 18 a 25 años | Certificado de estudios vigente |
| Padres | Prueba de dependencia económica |
Cada EPS puede pedir formatos específicos, pero estos son la base.
Errores comunes
- Olvidar renovar el certificado de estudios de los hijos entre 18 y 25 años: sin él, pierden la cobertura al cumplir la mayoría de edad.
- No actualizar novedades (un nuevo hijo, un matrimonio): la afiliación no se actualiza sola.
- Asumir que el beneficiario quedó afiliado sin confirmar el estado en la EPS.
Te ayudamos a afiliar a tu familia
Reunir documentos y radicar la novedad en la EPS puede ser confuso la primera vez. Nosotros lo hacemos por ti y confirmamos que cada beneficiario quede activo. Conoce la afiliación a EPS o escríbenos y dejamos a tu familia cubierta.